PROGRAMA FEDER-INNTERCONECTA

Convocatorias – Ayudas públicas

PROGRAMA FEDER-INNTERCONECTA

Temática: Otra

Ámbito: Público

Alcance: Nacional

Convocante: CDTI

Fecha: 20/06/2016

Tipo de proyecto:

 

Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de I+D en la modalidad de proyectos en cooperación.

 

Se pretende estimular la cooperación estable en actividades de I+D entre empresas ubicadas en las principales regiones destinatarias del «Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020», cofinanciado a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). En particular, se persigue el desarrollo de tecnologías novedosas en áreas tecnológicas de futuro con proyección económica y comercial a nivel internacional, suponiendo a la vez un avance tecnológico e industrial relevante para dichas regiones. Los proyectos objeto de ayuda serán proyectos de desarrollo experimental en la modalidad de proyectos en cooperación y deberán ser desarrollados en el ámbito geográfico de las siguientes comunidades y/o ciudades con Estatuto de Autonomía: Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia, Ceuta y Melilla.

 

Las temáticas de los proyectos presentados deberán estar alineadas con las prioridades establecidas en los siguientes Retos Sociales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2.c) de la Orden de bases reguladoras.

 

Beneficiarios:

 

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 5.2 de la Orden de bases reguladoras, que puedan llevar a cabo los proyectos objeto de ayuda. Las agrupaciones deberán estar constituidas únicamente por empresas, según la categoría de beneficiario de las previstas en el artículo 4, apartado a), punto 7.º de la Orden de bases reguladoras.

 

Las agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo, por dos empresas autónomas entre sí, de las cuales al menos una de ellas ha de ser grande o mediana y otra ha de ser PYME, según la definición del artículo 2 de la Orden de bases. El número máximo de empresas integrantes de la agrupación será de seis.
Ninguna de las empresas autónomas de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas, podrá superar el 70 % del presupuesto financiable del proyecto.

 

Duración de los proyectos:

 

Los proyectos deberán ser plurianuales y parte del proyecto deberá realizarse en el año 2016. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2016. Los proyectos tendrán una duración de dos o tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2017 o el 31 de diciembre de 2018.

 

Presupuesto del proyecto:

 

El presupuesto mínimo financiable es de 1.000.000 euros y el presupuesto máximo de 4.000.000 euros.

 

Modalidad de la ayuda:

 

La ayuda tendrá la forma de subvención a fondo perdido.

 

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias, respetando los límites de intensidad de ayuda establecidos en el artículo 40 de la Orden de bases reguladoras. Concretamente, para las pequeñas empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 60 %; para las medianas empresas, del 50 %  y para las grandes empresas, del 40 %.

 

Plazos de presentación:

 

Desde el 29 de abril hasta el 20 de junio de 2016 a las 12.00 h del mediodía (hora peninsular).

 

Información a la convocatoria:

 

Convocatoria: http://www.boe.es/boe/dias/2016/04/29/pdfs/BOE-B-2016-17479.pdf

 

Orden de Bases: http://boe.es/boe/dias/2013/10/02/pdfs/BOE-A-2013-10259.pdf

Volver al listado