Ayudas para proyectos de digitalización última milla en empresas del sector turístico

Ayudas para proyectos de digitalización última milla en empresas del sector turístico

El Ministerio de Industria y Turismo ha lanzado la segunda convocatoria de ayudas de “Última Milla” dirigida a empresas, preferentemente PYME, para el desarrollo de proyectos innovadores de base tecnológica. La convocatoria se enmarca en la inversión 2, proyecto 2 del componente 14 «Plan de modernización y competitividad del sector turístico», contribuyendo al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.

Fuente: SEGITTUR

El objetivo es intensificar la digitalización de las empresas del sector turístico mediante la implantación de proyectos tecnológicos singulares y transformadores.

Los proyectos que se presenten a la convocatoria deberán enmarcarse en una de las tres líneas siguientes:

  • Línea 1: Los proyectos presentados en esta modalidad deberán ser proyectos que incorporarán tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo con riesgo tecnológico medio/bajo. Proyectos de desarrollo con carácter aplicado, muy cercanos al mercado (niveles de madurez de la tecnología TRL 6-8), con riesgo tecnológico medio/bajo, que permitan mejorar la competitividad del sector turístico mediante la incorporación de tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo en el ámbito del internet de las cosas, 5G, big data, ciberseguridad o aplicaciones móviles, sin carácter limitativo. La finalidad última de los proyectos será promover la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías: gestión de las empresas en su relación con clientes, en la gestión de sus beneficios o en su posicionamiento de marca o el desarrollo de espacios de datos para casos de uso de turismo (ver anexo XIII).

 

    • El presupuesto mínimo del proyecto será de 300.000 euros y el presupuesto máximo será de 3.000.000 euros. Intensidad máxima de la ayuda:
    • Gran Empresa 15% del presupuesto financiable; PYME: 50% del presupuesto financiable; Asociación: 70% del presupuesto financiable.
    • Agrupación formada por mínimo 5 empresas, de las que una de ellas puede ser tecnológica y el resto deben ser consideradas PYMEs turísticas según los CNAES establecidos en la OB. Además, las agrupaciones pueden incluir a asociaciones de índole turística entre sus miembros.

 

  • Línea 2: Los proyectos presentados en la modalidad deberán ser proyectos demostradores de conocimientos y/o tecnologías testadas previamente en mercado (niveles de madurez de la tecnología TRL 8-9), con riesgo tecnológico bajo, que permitan mejorar la competitividad del sector turístico mediante la implantación y adopción de tecnologías existentes en el ámbito del internet de las cosas, 5G, big data y ciberseguridad o aplicaciones móviles, sin carácter limitativo. La finalidad última de los proyectos será promover la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías: gestión de las empresas en su relación con clientes, en la gestión de sus beneficios o en su posicionamiento de marca o el desarrollo de espacios de datos para casos de uso de turismo (ver anexo XIII).

 

    • El presupuesto mínimo del proyecto será de 200.000 euros y el presupuesto máximo será de 750.000 euros. Intensidad máxima de la ayuda:
    • Gran Empresa 15% del presupuesto financiable; PYME: 50% del presupuesto financiable; Asociación: 70% del presupuesto financiable.
    • Agrupación formada por mínimo 5 empresas, de las que una de ellas puede ser tecnológica y el resto deben ser consideradas PYMEs turística según los CNAES establecidos en la OB. Además, las agrupaciones pueden incluir a asociaciones de índole turística entre sus miembros.

 

  • Línea 3 Proyectos de implantación y adopción por parte de empresas PYMES de tecnologías testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo o en general de procesos de digitalización de sus actividades. Los proyectos presentados en esta modalidad deberán estar vinculados a: Tecnologías vinculadas a la sensorización (beacons, NFC, tótems y otros elementos similares), Tecnologías vinculadas a la seguridad de visitantes (geolocalización, eficiencia energética y similares), Tecnologías relacionadas de la demanda turística (sistemas de inteligencia, business intelligence y big data; apps de destino; tarjetas electrónicas de fidelización de turistas, sistemas de traducción multilingües, adaptación accesible de contenidos), Tecnologías, equipamientos e infraestructuras vinculadas a la sostenibilidad, racionalización y optimización de recursos, (gestión inteligente del alumbrado público, riego, movilidad, transporte, aparcamiento, residuos y eficiencia energética; sistemas de control de tráfico en áreas turísticas y de transporte público de interés turístico; sistemas de recarga de vehículos eléctricos y similares) y Tecnologías y equipamientos e infraestructura vinculada a la gestión , (plataformas de gestión inteligente; sistemas de interconexión y similares) y el desarrollo de espacios de datos para casos de uso de turismo (ver anexo XIII).

 

    • El presupuesto mínimo será de 20.000 euros y el máximo no podrá exceder el importe establecido en el Reglamento 1407/2013 y futuras modificaciones de este.
    • Intensidad máxima de la ayuda: 100% del presupuesto financiable que no podrá exceder el importe máximo establecido en el Reglamento 1407/2013 y futuras modificaciones de este.
    • Dirigida a PYMES turísticas según los CNAES definidos en la OB.

 

BENEFICIARIOS:

  • Empresas cuya actividad les permita constituirse en socios tecnológicos y con experiencia demostrable en el ámbito turístico.

 

  • Podrán ser beneficiarias en los términos que establezcan las correspondientes convocatorias y siempre que cumplan con los requisitos exigidos, las Agrupaciones, asociaciones sin ánimo de lucro, las federaciones y confederaciones legalmente constituidas que acrediten que no realizan actividad económica alguna y dadas de alta en el Registro Correspondiente de Asociaciones y cuyo objeto social y actividad se encuadre dentro de los códigos CNAE arriba reseñados.

 

  • Las empresas del sector turístico directa o indirectamente siempre que estén válidamente constituidas y tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España. Se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad económica independientemente de su forma jurídica y de su financiación y que entre sus fines y actividades recojan la gestión, promoción, puesta en valor y difusión de los recursos turísticos clasificadas bajo alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE):
    • 493 Otro transporte terrestre de pasajeros.
    • 4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.
    • 4932 Transporte por taxi.
    • 4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros NCOP.
    • 501 Transporte marítimo de pasajeros.
    • 5010 Transporte marítimo de pasajeros.
    • 503 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.
    • 5030 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.
    • 511 Transporte aéreo de pasajeros.
    • 5110 Transporte aéreo de pasajeros.
    • 5221 Actividades anexas al transporte terrestre.
    • 5222 Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.
    • 5223 Actividades anexas al transporte aéreo.
    • 551 Hoteles y alojamientos similares.
    • 5510 Hoteles y alojamientos similares.
    • 552 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
    • 5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
    • 553 Campings y aparcamientos para caravanas.
    • 559 Otros alojamientos.
    • 5590 Otros alojamientos.
    • 56 Servicios de comidas y bebidas.
    • 561 Restaurantes y puestos de comidas.
    • 5610 Restaurantes y puestos de comidas.
    • 5621 Provisión de comidas preparadas para eventos.
    • 5629 Otros servicios de comidas.
    • 7711 Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.
    • 7721 Alquiler de artículos de ocio y deportivos.
    • 7911 Actividades de las agencias de viajes.
    • 7912 Actividades de los operadores turísticos.
    • 799 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
    • 7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
    • 8230 Organización de convenciones y ferias de muestras.
    • 855 Otra educación.
    • 910 Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.
    • 9004 Gestión de salas de espectáculos.
    • 9102 Actividades de museos.
    • 9103 Gestión de lugares y edificios históricos.
    • 9104 Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.
    • 9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
    • 9329 Actividades recreativas y entretenimiento.
    • 931 Actividades deportivas
    • 591 Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión
    • 592 Actividades de grabación de sonido y edición musical.
    • 7734 Alquiler de medios de navegación.
    • 7735 Alquiler de medios de transporte aéreo.

 

De cara a informar al sector turístico y resolver posibles dudas de cara a la convocatoria, SEGITTUR e ITH han celebrado un webinar a través de Zoom, que se puede visualizar en el siguiente enlace.